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miércoles, 10 de febrero de 2010

Clase Virtual dia sabado 13 de Febrero de 2010


Indicaciones:


El alumno (a) deberá escuchar los videos que han sido subidos al Blog del Docente, tratar de comprender el video, tratar de interpretar el contenido y formular un resumen.
El resumen debe contener como mínimo 20 diapositivas, las mismas que deberán ser remitidas en archivo lógico al e-mail docenciaunp@gmail.com
En cuanto al Blog. Deberá hacer un comentario.
Plazo de remisión: Sábado 13 a las 12 de la noche


El Docente.

16 comentarios:

  1. En cuanto a la visión tridimensional se refiere que al querer dar una definición de derecho se puede partir de lo que son los valores, las normas, y los hechos por tanto se pude decir q el derecho tiene diferentes conceptos por lo cual no se puede encerrarlo en uno solo. Según la tridimensionalidad del derecho la conducta humana q tiene característica valorativa relacionando normas y valores que es el principal objetivo de este, permitiendo una relación igualitaria entre cada persona teniendo en cuenta el respeto mutuo de sus libertades.
    Ya que últimamente las personas encargadas del “poder”, lo están haciendo de forma separada a lo que es una vida valorativa, perdiendo así la confianza de las personas naturales y jurídicas.
    alumna:leyla milagros cordova guevara

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  2. comentario de la clase virtual del (13/02/2010)
    derecho constitucional
    esta clase virtual nos habla de la constitucion politica , de su origen,objetivos,elaboracion,division,partes,fuentes,etc
    de la inportancia,valor,de lo que representa la constitucionpara una persona ,pueblo,region o pais .
    ya que en ella se encuentran establecidos los derechos fundamentales de la persona como son : vida, respeto,educacion, libertad, identidad,igualdad,etc.
    la funcion que tiene el estado con su pueblo para ue este salga adelante desarrollando su tecnologia ,disminuyendo los indices de pobreza analfabetismo,etc.
    como esta organizada politicamente la constitucion,el estado,cuales son sus deberes y obligaciones como el estado esta obligado a garantizar seguridad ciudadana,en vivir en armonia ,tranquilidad combatiendo la violencia.
    nosotros como personas debemos hacer que nuestros derechos se respeten ´porque en la constitucion en su articulo 1 dice que la defensa,respeto y la dignidad de la persona son el fin supremo de la sociedad y del estado .
    la constitucion politica es la madre de todas las leyes porque es de ella de donde salen todas las leyes que estan estipuladas en nuestros diferentes codigos.
    una de sus funciones es regular el buen funcionamiento de las instituciones publicas y ver que ellas cunplan con su debido rol.
    el derecho constitucional es una rama muy inportante de el derechoporque no soloes inportanteen si, sino que tambien se relaciona con otras ramas como es el derecho civil,procesal,tributario,laboral,etc
    nosotros atraves del derecho constitucional nos enteramos de la forma ,funcion estructura del estado ya que de ello y muchas mas funciones se encarga el derecho constitucional con su mejor carta que es la constitucion
    es muy inmportante saber ,tener conocimiento d como funciona y se desarrolla la forma de legislacion de un pais vecino como es el ecuador de como esta constituida la constitucion , como funciona como actuan sus instituciones publicas como es que ellos van narrando la historia de su legislacion desde como se formo hasta el dia de hoy .
    saber que su forma de organizacion ,legislacion ,estructura es muy parecida a la peruana es muy inmportante para nosotros saber esto porque nos informamos de su forma constitucional de ellos nos sirve como cultura de informacion y nosotros como estudiantes de derecho debemos conocer sus leyes y hacer una comparacion con la nuestra saber en que se parecen que similitud tienen con la nuestra .

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  3. hola profesor chong:
    hablar del tema de la tridimensinalidad del derecho, es pues ir mas alla del campo de la doctrina juridica, ya que este mas bien corresponde a una postura que cada jurisconsulto puede hacer, dejandose asi regir por las leyes de su propia conciencia.
    dentro del sistema del derecho comparado, nos damos con la sorpresa de que encontramos un sin numero de leyes y normas que al ser ejecutadas, deben ser debidamente interpretadas, analizadas y comparadas, tal es asi que se parte desde un punto de vista axiologico-valorativo por donde nosotros debemos darle mas enfasis a la hora de interpretar dichas normas.
    por ejemplo y como lo he puesto como ejemplo en mi trabajo.
    Si alguien roba para comer porque no tiene con que comprar su alimento, las personas se dividirán entre quienes sostienen que su acto es ilícito y quienes lo exculpan o, cuando menos, lo disculpan parcialmente. Es allí donde el interprete debe asumir diversos puntos de partida para realizar su labor interpretativa. tal es asi que aplicamos la norma tomando en cuenta siempre los valores y su aplicabilidad al caso en el contexto de tiempo y espacio.

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  4. referido a la clase del video, nos damos cuenta de la utilidad del derecho constitucional y como este interactua con los cuerpos del derecho pudiendo asi crear nomas de diversos caracteres y llegandolo a jerarquizarlos, tomando como referencia a la sabia clasificacion de kelsen.
    nos damos cuenta que al ser el Ecuatoriano como el Peruano sistemas juridicos que emanan del sistema romano-germanico que tambien se nos hace facil el estudio de algunas normas.
    nos damos cuenta como esque funciona la estructura del estado con relacion a sus organos y cuales son las instancias a recurrir en favor de algun amparo constitucional.
    espero tb aprovechar sus clases y conocer mas acerca de la cultura del derecho.

    ¡¡¡¡¡ muchas gracias!!!!!

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  5. Buenas noches doctor: hace unos momentos le he enviado mis diapositivas a su correo, están en dos partes ya que he realizado una para cada video. Los videos me parecen interesantes, ya que hablan sobre el Derecho Constitucional Ecuatoriano, pero no sólo lo enfocan desde este punto sino que nos hacen una introducción sobre el Derecho Constitucional General y nos puntualizan las diferencias entre Poder Constituyente y Constituído, además de otras cosas como ciudadanía y nacionalidad.
    también hemos aprendido que el Derecho Constitucional no es lo mismo que Constitución a pesar de que ésta última es una parte fundamental del Derecho Constitucional.

    Me parece que es una muy buena idea tomar temas de otros países, ya que odemos comparar su estructura jurídica, analizarlas y ver en que forma se parece a la nuestra y en qué disrepamos. además de ponder tener en cuenta sus opiniones para mejorar nuestra organización jurídica.

    Espero que mis comentarios le sirvan como impulsa para seguir ejerciendo una cátedra cada vez mejor elaborada. son mis sinceros deseos.

    Steffani Sancarranco Estela

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  6. Profesor Grimaldo ante todo felicitarlo, por la novedosa manera de enseñarnos el Derecho Constitucional. Avanzando acorde con las tendencias modernas de estos tiempos y pues también para comentar acerca de los interesante videos que hemos tenido la oportunidad de ver, esta vez plasmado en el marco del derecho comparado, de un país que comparte mucho en común con el nuestro.
    He podido observar, que nuestro país, posee una gran similitud normativa, cultural, social, económica, política y multiétnica con el vecino país del Ecuador. Interesante, y muy significativo estos dos videos, que han sistematizado muy bien al Derecho constitucional, y a su fuente primordial que es la constitución política del estado. Nos ha aclarado temas controversiales, y quizá algo confusos, como el poder constituyente y el poder constituido. También nos ha enseñado que el estado posee una determinada estructura, organización política, y asimismo funciones que debe de cumplir, además de los roles que deben acatar cada uno de los ciudadanos que en él habitan, donde la norma suprema que lo rige es la constitución, y al mismo tiempo nos explicó las garantías que ésta otorga a sus habitantes. Ambos videos nos señalan que la constitución cumple un rol importantísimo dentro de la sociedad, y que posee relaciones muy cercanas con las demás ramas del derecho. El segundo video, casi resume lo que el primero da a conocer, pero la complementación de ambos es importante. Yo, profesor he querido ubicar en un conjunto de diapositivas, la síntesis de ambos videos y así, espero haber tenido un buen resultado.
    Que tenga un buen día profesor, y muchas gracias por prestarnos su atención.

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  7. SILVIA SAGUMA QUINO
    COMENTARIO: VISION TRIDEMNSIONAL DEL DERECHO
    para muchos estudioso el derecho tiene varias definiciones, por eso ellos mas se enfocan en tres elementos la conducta humana, valores y normas juridicas, leyendo me interesado mucho y comparto a lo que se refiere el iusnaturalismo porque habla de un derecho justo y sobre la relavancia que le dan a los valores, EN EL DERECHO ESTO ES MUY IMPORTANTE ya que es el origen para hacer buenas normas, y hacer de el derecho transparente, porque sin valores no se puede hacer nada, creo que es la base para crecer como personas y profesionales, despues habla sobre el iusformalismo y el iusrealismo que habla de normas y hechos, ya teniendo de origen los valores lo demas como las normas se crearan bien para ser aplicadas correctamente.Ahora el obejto de derecho es la conducta humana, nuestros actos son los que integran las normas, por ellos nosotros podemos relacionarnos con los demas.FERNANDEZ SESSAREGO SE REFIERE A LA CONDUCTA HUMANA y habla tambien de la libertad, libertad una palabra apreciada un valor muy significativo, entonces la conducta da y hace valores.Finalmente el derecho no seria nada, careceria de relevancia si no existieran las personas y sobre todo valores.
    UNA OIPNION PERSONAL seria que en la actualidad estamos como estamos porque los valores cada dia se estan perdiendo.ya que la dan importancia a otros temas sin darnos cuenta que laos valores son LA CLAVE perfecta para mejorar.

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  8. Estimado profesor Grimaldo Chong. En cuanto una emergencia adquirida el día de ayer, y el atareo de haber estado ayudando algunos amigos con el tema de los videos; ya que había convertido estos videos en formato de Reproductor de Windows Media, no me percate que también se tenía que hacer un breve comentario de los videos. Hoy domingo 14 de febrero de 2010, en horas de las tarde, voy a enviarle dichos comentarios. Espero su comprensión, y que pueda revisarlos. Attentamente. Rommel Herencia Ramírez.

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  9. Para empezar, agradecerle nuevamente por esta innovadora forma de estudios y lo muy bien que nos hace toda la información que nos da clase tras clase.

    Comentario de la clase del 13 de febrero de 2010: Visión Tridimensional del Derecho.-

    Muchos estudiosos han tratado de definir lo que es Derecho y lo han ido haciendo a través de res elementos: la conducta humana, los valores, y las normas jurídicas. Esto es la visión tridimensional, que no dice que el derecho no puede tener una sola definición, sino de tres maneras: Iusnaturalismo, que ve los valores, es decir es justo o natural; iusformalismo, con las normas y es vigente o formal; y el iusrealismo, con los hechos, que enfoca el derecho de manera eficaz o real.
    El derecho ha ido evolucionando dentro de cada cultura y país. El pensamiento jurisdiccional puede comprender sin la presencia de sus elementos: valor y sociedad.
    La conducta es portadora y realizador de valores; ya que vela, a través de los valores, por el comportamiento de los seres humanos que habitan en la sociedad.

    También pude aprender muchísimo según los planteamientos de 2 grandes estudiosos del derecho, quienes son REALE Y FERNANDEZ SESSAREGO.

    El primero relaciona el tridimensionalismo del derecho con los hechos ordenados según los valores, y les da una mención normativa. Así, para REALE el tridimensionalismo del derecho esta en el hecho, el valor y la norma.

    Para SESSAREGO, los tres elementos de la teoría tridimensional son la norma, que es el pensamiento; la conducta humana, el objeto; y el valor, finalidad. Estos constituyen la ciencia jurídica para con el derecho de las persona, es decir, el humanismo es concorde con una visión del mundo en la que el hombre es un fin en sí mismo; mas no un instrumento del que se vale la persona para el desenvolvimiento de su personalidad. También vemos que la conducta, la norma y el valor son elementos ontologicos, lógicos y estimativos.

    En resumen, la teoría tridimensional nos muestra que el derecho es una realidad que se encuentra en la vida humana social. La normatividad jurídica, nos muestra si las conductas humanas son lícitas o ilícitas para que de esta manera notemos que con la vida humana nace el derecho, ya que la vida humana debe ser valorada por la comunidad siguiendo todo de acuerdo a los valores, así como por los operadores jurídicos, quienes velaran porque la convivencia humana se dé de la mejor manera posible.

    Alumno: Rommel Herencia Ramírez.

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  10. Estimado profesor ante todo reciba mis mas cordiales saludos y a la ves comunicarle que el día jueves 11 de febrero llegué tarde a su clase por un problema familiar que si es indispensable se lo contaré en la próxima clase, pues muy delicado, por tal motivo no llegué a escuchar que teníamos que comentar los videos, espero logra entender y recibir mi calificación
    En ambos videos encontramos muchos conceptos sobre el derecho constitucional, su relación con otras ramas, etc. cabe recalcar que derecho constitucional no es sinónimo de constitución pues muchas veces alumnos de esta materia hemos cometido ese error, gracias a estos videos hemos llegado a conocer un poco mas sobre la historia de la constitución y también de otras constituciones (tal es caso de la constitución de Ecuador, en el video N. 01 encontramos varios puntos claves acerca de esta materia en semejanza de algunos puntos con el video N.02 que anexa la historia de las constituciones de Ecuador, parte mas importante del video es la pirámide de Kelsen, pues siempre debemos tener presente que la constitución esta por encima de todas las leyes, esto nos habla hasta la unidad N. 2 pues el video esta incompleto. Espero entienda mi

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  11. COMENTARIO DE LA CLASE DEL DÌA 11/02/2010.– Respecto a este tema al tratar de definir el concepto de derecho es indispensable mencionar tres elementos explicados en la visión tridimensional del derecho: el iusnaturalismo, en donde importa los valores; el iusformalismo, en donde importan las normas y el iusrealismo, en donde lo que se fundamentan son los hechos.
    Cabe recalcar que es imposible definir al derecho en un solo concepto; pero si que los tres elementos ya antes mencionados no se excluyen entre sí, pues lo más lógico sería vivir en una sociedad donde las normas o leyes que rigen no dejen de lado los principios morales y los valores, y que estas normas se cumplan para todos los ciudadanos sin importan la condición social; pues hoy en día nos damos cuenta que vivimos en una sociedad llena de corrupción en donde el mas fuerte, que es aquel de la “ata sociedad” y domina sobre el débil, la gente del pueblo. El derecho existe desde que el hombre nace, pero no siempre ha sido el mismo, sino que ha evolucionado a través del tiempo, que las normas cambien para bien y a través del espacio, ( en los pueblos alejados e la sociedad con sus costumbres, religión, etc.)
    El objeto del derecho es la conducta humana, es decir que existen las leyes creadas por el ser humano para regular su conducta en la sociedad; esta es la conclusión de las ideas de Realle y Fernández Sassiego. Es indispensable aclarar que el derecho no es norma, no es conducta, ni es valor; el derecho es la integración de estos elementos. Culmino este comentario diciendo:
    “Para actuar tenemos que elegir, para elegir tenemos que preferir y para preferir tenemos que valorar”.

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  12. En el derecho nadie puede limitarse a decir que existe un concepto definido, porque sino eso seria una absoluta falacia.
    Cada individuo debe buscarla definición mas idónea en el cual, interrelacionemos los elementos que son la razón de ser de esta materia.
    Como Ud. Lo dice en el derecho cabe mencionar 3 elementos esenciales:
    1. La norma
    2. El valor
    3. La conducta humana
    DERECHO IGUAL A NORMA: Si nosotros tomamos el derecho de este punto de vista, estamos señalando que sólo se trata de preceptos obligatorios, cuya aplicación esta asegurada, por medio del poder coercitivo, que posee el estado.
    Es decir este estado tiene la potestad de hacer respetar la norma y cumplir una sanción, cuando exista la infracción de un deber.
    Desde esta perspectiva
    “LA NORMA JURÍDICA ES EL ELEMENTO FUNDAMENTAL CON QUE SE CONSTRUYE EL SISTEMA JURÍDICO”
    DERECHO COMO SINÓNIMO DE VALOR: Entendemos el valor como la moral de cada ser.
    En este sentido la moral y el derecho son dos ramificaciones complementarias dentro de la ética.
    Estas dos palabras se relacionan debido aquel derecho apunta hacia la justia, que no es solo lo que se otorga a otro, sino una virtud moral, ligada a las otras virtudes.
    Por ejemplo: Tanto los deberes jurídicos como los morales, no solo esta en la obligación en la obligación que se imponen, sino en la aceptación que cada ser humano tiene en su conciencia.
    “LOS VALORES MORALES Y LOS VALORS JURÍDICOS SE IMPONEN IGUALMENTE A LA CONCIENCIA Y LUEGO CUANDO CADA INDIVIDUO LOS HA APREHENDIDO, INTERIORIZADO ESTE TOMA UNA POSICION EN CUANTO A LO QUE ESTA CORRECTO HACER, O NO”
    DERECHO COMO CONDUCTA HUMANA: Nosotros sabemos que sin sociedad no hay derecho, que es necesario la interrelación de un grupo de personas para que pueda existir derecho, porque estos en algún determinado momento van a entrar en conflicto, y van a tener que solucionarlo de la manera mas justa, creando así su fundamento jurídico.
    Entonces no podemos tomar al derecho con uno de sus elementos, sin en su totalidad, por eso diremos:
    EL DERECHO SURGE A PARTIR DE LA CONVIVENCIA DE LOS GRUPOS HUMANOS, DEBIDO A QUE CUANDO ESTOS INTERACTÚAN SIEMPRE VAN A TENER ALGUN CONFLICTO, YA SEA POR LA CAPACIDAD DE MANDO QUE QUIERE TENER UN INDIVIDUO SOBRE OTRO, ES AHÍ DONDE ESTE GRUPO SE REÚNEN Y SE PONEN DE ACUERDO PARA ESTABLECER LEYES, REGLAS QUE VALLAN DEACUERDO CON SU MORAL Y ÉTICA DE ESOS POBLADORES, EN ESTAS REGALS SE PLASMA LAS COMO ESTAS PERSONAS DESEAN TENER UNA SOCIEDAD Y ASIGNAN EL PODER A UN ÓRGANO PARA QUE VELE POR EL CUMPLIMIENTO DE ESTAS REGLAS, PARA ASÍ ,PODER ALCANZAR EL ORDEN SOCIAL Y LA JUSTICIA.

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  13. En primer lugar creo yo, se debería entender al derecho como sinónimo de justicia; sin embargo, esa justicia de la que actualmente se habla resulta ser realmente injusta, aunque parezca y suene ilógico, ya que últimamente solo se busca la conveniencia.
    El derecho se encuentra relacionado con tres elementos fundamentales; es la llamada tridimensionalidad, tenemos:
    1.-Los valores que le interesan al iusnaturalismo,
    2.- Las normas, al iusformalismo y
    3.-La realidad al iusrealismo.
    A mi parecer la relación que existe entre estas tres perspectivas, resulta ser mu interesante. El ser humano se crea en un mundo de valores, enmarcados en la moral y las buenas costumbres, y de cierto modo eso influye e su actuar, si ese actuar no se encuentra dentro de lo bueno y lo permitido, entra a tallar la norma como una manera de coaccionar a las personas y lograr el respeto por los demás. Pero, ¿funcionaría esta tridimensionalidad en una sociedad donde la moral y las buenas costumbres han sido desplazadas por la conveniencia y el beneficio propio? ¿o Donde la norma, que señala igualdad entre los seres humanos, beneficia al hombre de saco y corbata ó al pudiente? ¿Dónde se quedaron la igualdad y las buenas costumbres?
    ¿Quién manipula a quien, la norma al hombre para de cierta manera crear un respeto y una buena convivencia? ¿O el hombre a l norma para de cierta manera sacar provecho de ella?
    Sin embargo, hay que recalcar, que el derecho no siempre ha sido el mismo, en cuestión de tiempo y espacio. Se ha tenido que tomar en cuenta, no sólo la condición humana, sino también las condiciones históricas, que si bien es cierto determinaron las cambiantes de pueblo en pueblo.
    Recordemos que las causas de la revolución francesa fueron que, en principio se pensaba de una divinidad de la ley, sin embargo llegaron a descubrir que el poder radicaba en el pueblo y tuvieron la necesidad de crear una carta magna, que protegiese sus derechos fundamentales y así evitar el abuso. Es aquí que la condición de vida de las personas de esa época ayudó a la evolución del derecho.
    Me parece acertado lo que dice COSSIO: “QUE LA CONDUCTA HUMANA SE REELA COMO ELEMENTO FUNDAMENTAL INTEGRADOR DE NORMAS Y VALORES.
    Además coincido con lo que se dice en clase, los seres humanos necesitamos de reglas jurídicas que nos regulen y regulen a los demás, ya que si bien es cierto el derecho es libertario, debemos recordar que la libertad de un ser humano termina cuando empieza la del otro individuo.

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  14. buenas noches doctor: mi comentario ecerca de la tridimensionalidad del derecho
    para empezar todos coincidimos con que no podemos definir de una sola manera pero lo que si puedo decir es que esta relacionada con el cumplimiento de la morma y con su aplicacion ya que puede ser aplicada por todos los individuos y grupos que se valen de las disposiciones legales para crear relaciones juridicas, puedo decir tambien que este tema no es de ahora sino que desde hace mucho es tema de discusion y sin embargo hace que la poblacion se pregunte respecto a ello, asi mismo me identifico con que el derecho debe ir ligado a los valores humanos ya que debe primar entre las relaciones personales y juridicas, admas, esto debe ser un producto necesareo para la coexistencia humana y de la sociedad en general; pues bien termino comentando que el peru esta lleno de injusticias y que el derecho es un factor recurrente para la solucion de estos problamas porque sus fines son la seguridad juridica ,el bien comun, la verdad y la justicia.Es pr eso que la tridimensionalidad del derecho esta en el hecho, el valor y la norma.¡queremos una sociedad con etica y con sentido social...! gracias. denisse anahi velasquez prado.

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  15. Buenas noches profesor
    La clase vitual del dìa 13 nos da conocer como se presenta el derecho constitucional y Constituciòn del Ecuador. esta Constitución lo cual he podido escuchar en los dos videos es que tal Constituciòn le toma gran importancia a los derechos fundamentales de la persona y donde esl Estado debe actuar en armonis con estod, estudia la organizaciòn y funcionamiento de dicho Estado.
    esta Constitución considera tres partes escenciales como es: a)las normas reguladoras del ordenamiento juridico del Estado que nos muestra que el Estado Ecuatoriano es independiente y es soberano, cuya indepencia es primordial para este, b)relación de Estado a Particular aqui es Estado tiene como función y deber velar por los derechos fundamentales de la persona sobre todo a los grupos vulnerables (niños, mujeres embarazadas, personas de tercera edad, etc.), y por ultimo c)relacion de Estado a Estado esto se ve sobre todo en los tratados internacionales donde nugun Estado puede intervenir en el territorio Ecuatoriano o conseciones proteguidas por este.
    Entre las partes de la Constitución Ecuatoriano tenemos dos: 1)Dogmática que sirven de gran ayuda al Estado Contitucional como debe orientar la acción de los poderes del Estado y este a la vez consagra los derechos fundamentales de la persona y establece garantías y 2)orgánica que organiza el Estado Ecuatoriano atraves de las instituciones politicas y reglamenta su ejercicio. Este Estado Ecuatoriano ha tenido 18 Constituciones pero juristas discuten el nº de constitucones que ha tenido su país.
    La Constitución que rige en este pais le da gran importancia a los Derechos colectivos de los pueblos indigenas y etnias afroecuatorianas asi como los Derechos de Tercera Generacion que en este caso vendrian a ser Derecho a la salud, de consumidores, de ambiente, entre otros. A mi parecer deberiamos tomar gran importancia como lo hace esta Constitución que si bien es cierto tenemos conseciones proteguidas por nuestro Estado Peruano pero casi siempre son ignoradas por este y muchas veces permitimos que sean destruidas o explotadas de alguna forma por empresas privadas que sobre todo no son peruanas y no le damos la debida importancia y si lo hacemos es cuando recien nos ha perjudicado de alguna forma y nos hemos sentido engañados y abusados por estas personas.

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  16. buenas dias profesor grimaldo.
    le quiero decir que me siento muy preocupada porque usted no me ha evaluado, por los comentarios que le hecho y con respecto alas diapositivas yo se las enviado el mismo 13 tengo como probarle lo que digo espero su respuesta
    silvia saguma quino
    que tenga buen dia

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