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viernes, 7 de enero de 2011

Sesiòn 8A Dìa 12 de enero de 2011. TEST DE PROPORCIONALIDAD

TEST DE PROPORCIONALIDAD


Haz clic en el enlace y podrá apreciar una sentencia del TC

http://www.cal.org.pe/pdf/diplomados/principio_proporcionalidad.pdf

El Docente

8 comentarios:

  1. Los derechos fundamentales como pisos mínimos para que la actuación de estado no sobrepase sus límites, en evocada desde el reconocimiento de laos derechos antes mencionados, la forma que en el Estado moderno ha permitido vivir en paz social, al menos en la teoría, sin embargo, los caso concretos importan un examen de estos límites y la forma en cómo se verifican en la realidad.
    El principio de proporcionalidad y el test del mismo nombre, se transforma en el mecanismo en concreto que permite verificar en el caso particular, como estos límites del poder de estado se pueden medir, para con ello permitir dar eficacia los derechos fundamentales dándoles viabilidad y eficacia.
    Es por ello que cuando se está ante un posible abuso o contravención de un derecho constitucional el juez que tenga la competencia de justiprecias tal situación en concreto, tendrá que aplicar el test de proporcionalidad con el objeto de es verificar si la actuación del estado o de un particular afecta o no un derecho fundamental
    Es por ello, que el jurídico llamado test de proporcionalidad (donde se encuentra inmerso el principio de proporcionalidad y racionalidad) resulta ser una herramienta de suma importancia en la defensa de los derechos constitucionales, ya que, de su aplicación en el plano concreto se permitirá no sólo medir la actuación del Estado y los particulares, sin que estos caigan en un abuso de derecho, en acaso lo han en amparo de un ejerció de un derecho igualmente constitucional; sino medir el alcance del derecho invocado en ejerció frente al la posibilidad o no del de la contravención de un derecho constitucional,

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  2. El estado siempre debe proteger los derechos fundamentales y no permitir que en algunos casos estos sean vulnerados, porque ellos deben primar ante todo.
    Es importante saber que existe un principio que permite controlar todo acto de los poderes públicos en los que puedan verse lesionados los derechos fundamentales.
    Así también el juez puede aplicar el test de proporcionalidad con el fin de determinar si ante un caso en particular se esta afectando los derechos fundamentales.

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  3. Buenas noches estimado doctor Chong nuestro comentario es el siguiente _ El principio de proporcionalidad se encuentra principalmente delimitado a la intervención estatal , tiene rango constitucional teniendo por función principal controlar los actos de los poderes publico , ademas se le considera o se le puede considerar como uno de los controles jurídicos mas antiguos .
    El principio de proporcionalidad y el test del mismo nombre, se transforma en el mecanismo en concreto que permite verificar en el caso particular, como estos límites del poder de estado se pueden medir, para con ello permitir dar eficacia los derechos fundamentales dándoles viabilidad y eficacia.
    INTEGRANTES
    ALBERCA ATARAMA GERALD
    ESCOBAR ORDINOLA EDITH
    HUAYAMA GUERRERO INES
    ALIAGA TRELLES LUCERO

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  4. buenos días doctor chong respecto al tema de test de proporcionalidad mi opinión es la siguiente:
    el estado es la institución encargada principalmente de velar por nuestros derechos fundamentales y primordiales que priman en toda persona , pero en algunos casos estos derechos terminan siendo vulnerados lo que no es correcto y es ahí donde el estado interviene y ejerce sus principios .
    este principio de proporcionalidad tiene rango constitucional .Este es un mecanismo que permite verificar en un caso en particular como los limites del poder del estado se pueden medir y ello permite dar fe de la eficacia de los derechos fundamentales dándoles un sentido de viabilidad y eficacia.

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  5. buenos dias docente chong,la clase virtual es muy relevante en cuanto se refiere la equidad, que desligandolo de la igualdad el primer termino hace referencia en darle a cada individuo lo que corresponde, quedo claro en los casos en concretos, que la restriccion que se efectuan en ciertas situaciones juridicas, como lo es de los demandantes frente a los demandados,es aplicada a los derechos inherentes a las personas, pero sin perjudicar de manera sustancial los mismos, cabe recalacar que para que esto ocurra deben cumplir con los requisitos fundamentales para que proceda.
    tomando como puntos principales la idoneidad, la necesidad. aqui esta presente la RATIO, que en lo estudiado seria la razon en el contexto vivido.
    INTEGRANTES
    JEANMARCOS MARTIN ANTONIO SANCHEZ DIAZ
    BRAULIO GOMEZ VALLE
    JOSE CARLOS CHINGUEL MINGA
    ALEXIS IGOS MEJIAS ANCAJIMA

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  6. Le enviamos nuestro grato saludo, a la vez queriendo decirle: llamo mucho nuestra atención el test de proporcionalidad del cual no teníamos muchos conocimientos, a pesar de que es muy importante por tener rango constitucional y brindar un medio de control a los actos de poderes públicos que lesiones o vulneren derechos fundamentales.
    Para ello se debe seguir ciertos parámetros que determinaran si su aplicación fue la correcta, pudiendo citar a la idoneidad (relación adecuada entre medio y fin), la proporcionalidad, fin válido y necesidad (el medio utilizado debe ser el mas benigno), que hacen de su entendimiento mas fácil por que nos presentan ejemplos y muestran medios de control de poder.
    Integrantes:
    • SAAVEDRA JIMENEZ ROBERT ANTHONY.
    • VILELA MONDRAGON ERICKSON POOL.
    • TORRES MIRANDA GÉNESIS ROSALIA.

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  7. El enlace nos conecta con delimitaciones precisas del sentido juridico, como por ejemplo, lo que significa principio de proporcionalidad, dado como una norma que actua con respecto a la intervencion estatal en lo que concierne a los derechos fundamentales, que cosntituyen las bases en las cuales se construye la legislacion juridica de nuestro país, y generalmente hablando,m nombrando a la ponderación como una situacion irregular entre los mismos, con el fin de evitar todo acto desproporcional del sector publico y el ejercimiento de los derechos que por naturaleza protegen principalmente a los seres humanos, como sujetos meros del derecho.

    Esto evidencia la clara y constante preocupacion del sentido constitucional por asegurar la proteccion de los pilares de todo sistema constitucional.

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